Fuentes y alcance
Revisión editorial: 2026-10-06. Orientación general, sin sustitución del asesoramiento jurídico individual. Los documentos siguientes son una lista para preparar la consulta, no requisitos universales.
- Cámara de Diputados: Ley General de Sociedades Mercantiles: Regula la S.A., la S. de R.L. y la S.A.S.
- Servicio de Administración Tributaria (SAT): Obligaciones fiscales, RFC y constancia de situación fiscal.
- Directorio del Colegio Nacional del Notariado Mexicano: Localizar notarios por entidad; no publica aranceles.
Una S.A. de C.V. se constituye en escritura pública ante notario (o en póliza ante corredor público). Necesitas al menos dos socios, la autorización de la denominación de la Secretaría de Economía, los estatutos, el capital y la designación de administración y apoderados. Después se inscribe en el Registro Público de Comercio y se da de alta en el RFC.
S.A. de C.V., S. de R.L. o S.A.S.
La S.A. es la forma más utilizada para empresas que buscan inversión o crecimiento: el capital se divide en acciones transmisibles y los socios responden hasta el monto de su aportación. La S. de R.L. es más cerrada (partes sociales y límite de socios). La S.A.S. se constituye en línea, pero tiene límite de ingresos y solo admite personas físicas. La modalidad de capital variable (C.V.) permite aumentar o disminuir el capital sin reformar los estatutos.
Capital y socios
Desde la reforma de 2016 la ley ya no fija un capital mínimo para la S.A.: lo determinan los estatutos. Se requieren al menos dos accionistas. Si participan extranjeros, el notario revisará las restricciones de la Ley de Inversión Extranjera según la actividad y, en su caso, los avisos correspondientes.
Poderes desde el inicio
Es práctico otorgar en la propia escritura constitutiva los poderes del administrador o director general (pleitos y cobranzas, actos de administración, títulos de crédito y, si procede, actos de dominio). Así podrán abrir cuentas bancarias y firmar contratos sin una escritura adicional.
Notario o corredor público
En materia mercantil, el corredor público también puede dar fe de la constitución de sociedades. El notario, además, puede intervenir en actos civiles e inmobiliarios. Compara cotizaciones y servicios incluidos.
Desglose Estimado de Costos y Aranceles
Conceptos para solicitar una cotización. No publicamos importes sin una fuente específica y vigente:
| Concepto | Costo Estimado | Qué confirmar |
|---|---|---|
| Honorarios por la constitución | A cotizar | Pregunta si incluyen poderes, inscripción y alta en el RFC. |
| Derechos del Registro Público de Comercio | A cotizar | Cuota federal de inscripción. |
| Autorización de denominación | A cotizar | Se tramita ante la Secretaría de Economía. |
| IVA sobre honorarios | A cotizar | Confirma si la cotización lo incluye. |
Documentación Requerida
- Identificación oficial, CURP, RFC y comprobante de domicilio de cada socio
- Constancia de situación fiscal de los socios
- Si un socio es persona moral: acta constitutiva y poderes de su representante
- Si hay socios extranjeros: documento migratorio y, en su caso, documentos apostillados
- Autorización de uso de denominación
- Objeto social, capital y distribución de acciones
Procedimiento Paso a Paso
- 1
1. Reserva la denominación
Solicita la autorización de uso de denominación ante la Secretaría de Economía.
- 2
2. Define estatutos
Objeto, duración, capital fijo y variable, reglas de asambleas, administración y vigilancia.
- 3
3. Firma ante notario
Socios o sus apoderados firman la escritura constitutiva, que puede incluir poderes para la administración.
- 4
4. Inscripción y RFC
El notario inscribe la sociedad en el Registro Público de Comercio y tramita o facilita su alta en el RFC.
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Preguntas Frecuentes
¿Cuántos socios necesita una S.A.?
Al menos dos.
¿Hay capital mínimo?
No por ley; los estatutos lo fijan. Algunas actividades reguladas exigen capitales específicos.
¿Puedo cambiar después el objeto social?
Sí, mediante asamblea extraordinaria protocolizada ante notario e inscrita.